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Crédito por gastos de cuidado de menores y dependientes para el 2022

Podrías tomar el Crédito por gastos de cuidado de menores y dependientes si contratas a alguien para cuidar a tu hijo dependiente (de 12 años o menos), cónyuge discapacitado, u otro dependiente discapacitado (de cualquier edad) mientras estás trabajando o buscando trabajo. A continuación te compartimos todo lo que debes saber para el presente año fiscal.

Novedades

Lamentablemente, los cambios en el Crédito por gastos de cuidado de menores y dependientes hechos en virtud de la Ley del Plan de Rescate Estadounidense de 2021 han expirado. Esto significa que el crédito regresará a sus lineamientos previos a la pandemia. Para el año fiscal 2022, se aplicarán las siguientes reglas:

  • El crédito ya no será reembolsable.
  • Solo podrás reclamar el crédito sobre gastos laborales elegibles de hasta $3,000 para una persona elegible, o $6,000 si cuentas con dos o más personas elegibles.
  • El crédito máximo es del 35% sobre tus gastos laborales. Esto disminuye al 20% si tus ingresos brutos ajustados superan los $43,000.

Dado que la mejora a los beneficios del cuidado de dependientes expiró por igual, la cantidad máxima que podrás excluir de tus ingresos a través de un programa de asistencia para el cuidado de dependientes es de $5,000. Sin embargo, si estás casado y presentas tu declaración de impuestos por separado, el monto se reduce a $2,500.

¿Eres acreedor a este crédito?

Antes de poder reclamar el Crédito por gastos de cuidado de menores y dependientes, deberás cumplir con todos los siguientes requisitos.

Prueba de elegibilidad

Tus gastos deben ser para el cuidado de un menor que califique como tu dependiente y tenga menos de 13 años de edad. Un cónyuge con una discapacidad física o mental y que no pueda cuidar de sí mismo también puede ser elegible si vivió contigo al menos la mitad del año fiscal.

Además, también califican las personas discapacitadas que hayan vivido contigo por más de la mitad del año también si son tus dependiente (de cualquier edad) o si hubieran sido tu dependiente de no ser por:

  • Haber percibido ingresos brutos de $4,400 o más;
    • Haber presentado una declaración en conjunto, o;
    • Que tú o tu cónyuge, en caso de declarar en conjunto, hayan sido reclamados como dependientes en la declaración de impuestos de otro contribuyente.

Tu dependiente calificado también debe contar con un Número de Seguro Social (SSN) o un Número de Identificación de Contribuyente Individual (Individual Taxpayer Identification Number, ITIN).

Prueba de ingresos

Tú, y tu cónyuge (en caso de presentar una declaración conjunta), deberán haber percibido ingresos durante el año. Estos ingresos incluyen salarios, sueldos, propinas, otro tipo de compensaciones imponibles a los empleados e ingresos netos por el trabajo por cuenta propia. Se considerará que tu cónyuge ha percibido ingresos por cualquier mes donde haya estudiado de tiempo completo o en el que no pueda cuidar de sí mismo (debido a una discapacidad mental o física).

Los gastos por el cuidado de tus hijos o dependientes deberán ser laborales para calificar para crédito tributario. Tus gastos se consideran laborales cuando cumplen las siguientes condiciones:

  1. Te permiten a ti (y a tu cónyuge, si declaran en conjunto) trabajar o buscar trabajo, y;
  2. Los gastos son para el cuidado de una persona calificada.

Prueba de proveedor no dependiente

No puedes hacerle pagos a tu cónyuge o al progenitor de tu hijo calificado (de 12 o menos años de edad) por el cuidado de tu(s) hijo(s) o dependientes. Solo califican los pagos realizados a alguien que no puedes reclamar como dependiente, incluyendo hijos adultos de 19 o más años de edad.

Prueba de declaración conjunta

Tu estado civil debe ser soltero, cabeza de familia, o cónyuge sobreviviente elegible. Si estás casado, por lo general deberás presentar una declaración de impuestos en conjunto para reclamar el crédito. En algunos casos, podrías ser acreedor al crédito si estás legalmente separado o viviendo separado de tu cónyuge.

Prueba de identificación del proveedor    

Debes identificar a cualquier persona u organización (negocio) que proporcione el cuidado para tu hijo o dependiente. Esto incluye:

  • El nombre del proveedor
  • Dirección
  • Número de Identificación del Contribuyente - Número del Seguro Social (SSN) o Número de Identificación del Empleador (EIN)

Si el cuidado es proporcionado a través de una inglés u otra organización exenta de impuestos, no se necesita un número de identificación del contribuyente.

También puedes usar la gráfica a continuación para confirmar si cumples con los requisitos.

diagrama de flujo de crédito para gastos de cuidado de niños y dependientes
Fuente: Internal Revenue Service (IRS)

Cómo reclamar el Crédito por gastos de cuidado de menores y dependientes

Para reclamar el crédito fiscal, debes enviar el Formulario 1040, 1040-SR, o 1040-NR. Además, debes llenar y adjuntar a tu declaración de impuestos el Formulario 2441, Gastos de cuidado de menores y dependientes. Deberás introducir la cantidad de tu crédito en la Anexo 3, línea 2.

Calculando tus gastos laborales

Para calcular el total de tus gastos laborales en 2022, solo deberás incluir aquellos realizados a más tardar el 31 de Diciembre del 2022. No incluyas servicios pagados por adelantado a menos que hayas recibido la atención durante el mismo año. Por ejemplo, si pagaste $500 en el 2022 por servicios proporcionados a principios del 2023, estos no contarían para tu declaración de impuestos del 2022. Sin embargo, podrías reclamarlo como gasto en tu declaración del año siguiente.

Existe una excepción. Si liquidaste gastos del 2021 en 2022, estos no deben ser incluidos en tu total para el 2022. En su lugar, podrías reclamar estos gastos como crédito adicional, pero deben ser calculados por separado.

Reducción de los beneficios por el cuidado de personas dependientes

Si recibiste beneficios por el cuidado de personas dependientes, tu límite en dólares para efectos del crédito podría ser reducido. Los beneficios por el cuidado de personas dependientes incluyen:

  • Cantidades que tu empleador haya pagado directamente a ti o al proveedor del servicio de cuidado para tu persona elegible mientras trabajabas para ellos;
  • El valor de mercado justo del cuidado en una guardería patrocinada por el empleador, y;
  • Las aportaciones antes de impuestos que hayas realizado a una cuenta de ahorro flexible (Flexible Savings Account, o FSA) para el cuidado de dependientes.

Importe del crédito

Para determinar la cantidad del crédito, deberás multiplicar tus gastos laborales calificados (tras aplicar tus ingresos percibidos y límite en dólares) por un porcentaje. El porcentaje que utilices dependerá de tus ingresos brutos ajustados (AGI) de la línea 11 del Formulario 1040, 1040-SR, o 1040-NR.

Si tus ingresos brutos ajustados son:
Superior a:Sin exceder:El porcentaje es:
$0$15,00035%
$15,000$17,00034%
$17,000$19,00033%
$19,000$21,00032%
$21,000$23,00031%
$23,000$25,00030%
$25,000$27,00029%
$27,000$29,00028%
$29,000$31,00027%
$31,000$33,00026%
$33,000$35,00025%
$35,000$37,00024%
$37,000$39,00023%
$39,000$41,00022%
$41,000$43,00021%
$43,000Sin límite20%
Fuente: Internal Revenue Service (IRS)

Por ejemplo, si tienes un AGI de $31,000, tu porcentaje sería del 27%. Si tienes un hijo calificado y tuviste $5,000 en gastos de guardería por motivos laborales, el crédito total sería de $860 porque estás limitado a $3,000 por persona elegible ($3,000 x 27% = $860).

¿Necesita ayuda?

Son muchas las variables a considerar al momento de determinar la cantidad de tu Crédito por gastos de cuidado de menores y dependientes. Si necesitas ayuda, recuerda leer la Publicación 503 o consultar a un profesional fiscal.