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¿Puedes declararte en bancarrota por impuestos sin pagar?

¿Estás batallando para mantenerte a flote económicamente por tus impuestos sin pagar? Si es el caso, probablemente te hayas preguntado si una bancarrota puede salvarte de quedar ahogado en deudas. Aunque sí es posible condonar una deuda tributaria por medio de una bancarrota, esto solo ocurre bajo circunstancias específicas. En este artículo, explicaremos cuándo puedes declararte en bancarrota por impuestos sin pagar, así como también los tipos más comunes de bancarrota utilizados para la resolución de deudas fiscales.

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¿Cuándo puedes declararte en bancarrota por impuestos sin pagar?

Como ya mencionamos, es posible condonar tus impuestos morosos (federales o estatales) por medio de una bancarrota. Lamentablemente, no toda la deuda fiscal califica para ello. Esto es porque los impuestos suelen considerarse una deuda prioritaria no condonable. Sin embargo, hay instancias donde los impuestos sin pagar pueden ser clasificados como deuda condonable y ser eliminados por medio de una bancarrota.

Requisitos para condonar una deuda tributaria a través de la bancarrota

Para que tu deuda tributaria pueda ser condonada por medio de una bancarrota, se deben cumplir varias condiciones:

  1. Tipo de impuestos en deuda. Los impuestos sobre la renta (estatales y federales) pueden ser condonados (total o parcialmente) en virtud de determinados capítulos. En algunos casos, lo mismo aplica para los impuestos sobre la propiedad. No puedes recurrir a una bancarrota para eliminar tus impuestos sobre la nómina, el empleo, los fideicomisos y las ventas. Las sanciones por impuestos no condonables tampoco son elegibles.
  2. Antigüedad de la deuda tributaria. Tus impuestos sin pagar deben tener al menos tres (3) años de antigüedad, incluyendo cualquier prórroga que te haya sido otorgada. Si la deuda fiscal pertenece a los dos años anteriores a tu declaración de bancarrota, no es elegible para una condonación.
  3. Cuándo presentaste tu declaración. Debes haber presentado una declaración de impuestos válida al menos dos años antes de declararte en bancarrota. Según tu estado, podría ser necesario haber presentado tu declaración a tiempo, dentro del plazo límite original o de la prórroga (en caso de haberla solicitado). Si el IRS emitió una Declaración Sustitutiva (Substitute For Return, o SFR) en tu nombre, es posible que el estado rechace tu solicitud de condonación.
  4. Cómo presentaste tu declaración. Además de presentar tu declaración a tiempo, deberás hacerlo correctamente, sin cometer fraude o evasión fiscal. Cualquier intento por evitar pagar impuestos resultará en que tu condonación sea denegada.
  5. Evaluación de la deuda tributaria. La autoridad fiscal (el estado o el IRS) deberá haber evaluado tu deuda tributaria al menos 240 días antes de declararte en bancarrota. En algunos casos, este requisito puede darse por cumplido si el IRS pasa por alto la evaluación de tu deuda.

Ten en cuenta que siempre hay excepciones a las reglas. Aún si no cumples con todos los requisitos listados arriba, podrías seguir siendo elegible para el alivio fiscal por medio de una bancarrota. Es importante reunirse con un profesional fiscal capacitado con experiencia en derecho concursal para determinar qué acciones tomar.

¿Eliminan la bancarrota los gravámenes fiscales?

Si te estás declarando en bancarrota para eliminar un gravamen fiscal sobre tu propiedad, te tenemos una mala noticia. La bancarrota no levantará ningún gravamen que se encuentre en vigor. Esto quiere decir que tanto el IRS o el estado aún podrán reclamar tu propiedad incluso si se aprueba la bancarrota.

Sin embargo, una vez te declares en bancarrota, serán detenidos otros tipos de acciones de cobro. Esto incluye avisos, cartas, embargos de salarios y embargos sobre tus cuentas bancarias.

Tipos comunes de bancarrota por impuestos sin pagar

Según el IRS, la bancarrota más popular entre individuos con deuda tributaria es aquella hecha en virtud del Capítulo 13. Otras de las opciones son la bancarrota hecha en virtud del Capítulo 7 y la bancarrota hecha en virtud del Capítulo 11.

Bancarrota y deuda tributaria en virtud del Capítulo 13

Capítulo 13, Reorganización voluntaria de las deudas de personas físicas, solo está disponible para los individuos (asalariados, trabajadores por cuenta propia, y propietarios únicos) que tengan ingresos regulares y cumplan con los requisitos establecidos. Bajo el Capítulo 13, crearás un plan para pagar parte de tus deudas a los acreedores en un plazo de tres a cinco años. Esto te permite realizar pagos mensuales más pequeños mientras los saldos restantes son condonados. Sin embargo, algunas de las deudas fiscales que deben ser liquidadas en su totalidad bajo este tipo de bancarrota incluyen:

  • Cualquier deuda fiscal para la cual no se haya presentado una declaración
  • Deudas fiscales originadas por acciones fraudulentas (falsificación de información o evasión fiscal)
  • Retenciones de impuestos

Es importante aclarar que se el IRS podría tener permitido cobrar saldos pendientes bajo el Capítulo 13 si no les avisas en forma debida sobre tu declaración de bancarrota.

Requisitos de declaración para el Capítulo 13

Antes de acogerte al Capítulo 13, debes considerar lo siguiente:

  • Deberás presentar todas las declaraciones requeridas para los periodos fiscales que finalicen en los cuatro años siguientes a tu declaración de bancarrota.
  • Durante tu periodo de bancarrota, deberás presentar todas las declaraciones exigidas o solicitar una prórroga para presentar.
  • Deberás pagar todos tus impuestos vigentes de acuerdo a su vencimiento.

De no presentar o pagar tus impuestos como se solicita, tu caso podría ser desestimado.

Bancarrota y deuda tributaria en virtud del Capítulo 7

En caso de no poder hacer pagos periódicos para saldar tus deudas, podría ser buena idea considerar su liquidación por bancarrota en virtud del Capítulo 7 . Bajo el Capítulo 7, se nombra a un fideicomisario para que convierta tus activos en efectivo y se los distribuya a tus acreedores, incluidos el estado o el IRS. Si no tienes suficientes activos para pagar tus deudas, todas las deudas elegibles serán condonadas y tus acreedores no recibirán nada. Cualquier interés o sanciones asociados con tu deuda fiscal también serán condonados.

Bancarrota y deuda tributaria en virtud del Capítulo 11

Capítulo 11 puede ser utilizado por individuos cuya deuda exceda el límite para el Capítulo 13. A este tipo de bancarrota se le conoce como reorganización y te permite crear un plan para pagarle a tus acreedores (incluyendo el IRS o el estado) a lo largo del tiempo. El Capítulo 11 puede ser muy complicado, caro, y tardar más en resolverse. A diferencia del Capítulo 7, tampoco te absuelve de todas tus deudas sin pagar.

Conclusiones

Antes de determinar cuál tipo de bancarrota es mejor para ti, te sugerimos reunirte con un profesional fiscal para evaluar tus opciones y posibles resultados. En algunos casos, la bancarrota podría no ser la mejor opción para resolver tu situación. Afortunadamente, hay otros métodos para hacerle frente a tu deuda tributaria. Podrías ser elegible para el estado de Actualmente No Recaudable. , o negociar un Oferta en Compromiso. Para aprender más sobre tus opciones de alivio fiscal, llama a Tax Defense Network al 855-476-6920. Ofrecemos consultas confidenciales gratuitas y sin obligación de contratar nuestros servicios posteriormente.