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Saldo de impuestos adeudado: 3 pasos para hacer frente al Aviso CP14 del IRS

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Cada año, el IRS envía millones de cartas para notificar a los contribuyentes que tienen un saldo de impuestos adeudados. Conocida como la Notificación del IRS CP14, esta carta es requerida por ley (Sección 6303 del Código de Impuestos Internos) y debe enviarse 60 días después de que el IRS evalúe la responsabilidad del contribuyente.

Si recibes un CP14, significa que debes impuestos. Aunque recibir una notificación del IRS puede ser inquietante, no hay necesidad de entrar en pánico. Solo sigue estos tres pasos para abordar tu CP14 y conocer las diversas opciones de pago disponibles para ti.

1. Revisar los detalles del Aviso CP14

Cuando recibas una Notificación del IRS CP14, no la ignores. Revisa cuidadosamente todos los detalles para comprender por qué el IRS la envió. La notificación incluirá lo siguiente:

  • El año fiscal para el que se deben los impuestos
  • La fecha de emisión del aviso
  • Tu número de Seguro Social (SSN)
  • Número de teléfono del IRS
  • Importe de impuestos adeudado
  • Pagos y créditos
  • Multas aplicadas a los impuestos adeudados
  • El importe final a pagar
  • El plazo para pagar el importe adeudado

La Notificación CP14 también incluye información sobre opciones de pago, sanciones e intereses.

Observe el ejemplo de CP14

2. Determina si el IRS tiene razón

Antes de estar de acuerdo o en desacuerdo con la Notificación CP14, verifica si tu declaración tenía errores que llevaron a la evaluación de impuestos adeudados. Si encuentras errores, deberás pagar la cantidad adeudada antes de la fecha límite de pago para evitar sanciones e intereses adicionales.

Si no ves errores o encuentras una cantidad diferente a la determinada por el IRS, puedes llamar al número de tu notificación y hablar con un representante del IRS. Sin embargo, puede ser mejor contactar a un profesional de impuestos. Un especialista en impuestos puede comunicarse con el IRS en tu nombre y determinar si se necesita una declaración enmendada. Si todavía debes impuestos y no puedes pagar, también pueden encontrar una solución para abordar tus impuestos atrasados y evitar acciones de cobro del IRS.

3. Paga la Cantidad Adeudada

Puedes pagar la cantidad indicada en la Notificación CP14 utilizando Pago directo de IRS, un servicio que te permite pagar tus impuestos electrónicamente directamente desde tu cuenta de ahorros o corriente. Alternativamente, puedes pagar con cheque, tarjeta de crédito o débito, si así lo deseas.

Aviso CP14 - Ejemplo de pago

En caso de que no puedas pagar el saldo adeudado en su totalidad, existen muchas opciones de pago disponibles para ayudarte a abordar tu Notificación del IRS CP14. Algunas de estas opciones son fáciles de configurar por tu cuenta, mientras que otras son un poco más complicadas. Es aquí donde el conocimiento y la experiencia de un profesional de impuestos pueden ser de gran ayuda.

Planes de Pago del IRS

El IRS ofrece diferentes tipos de planes de pago, también conocidos como planes de pagos a plazos, para ayudarte a liquidar tu saldo en unos cuantos meses o años.

  • Plan de Pago a Corto Plazo: A esta opción se le refiere comúnmente como extensión de pago. Te da 180 días adicionales para liquidar el importe total de tu saldo pendiente. No hay cargos por aplicar. Puedes solicitar una extensión en línea o por teléfono.
  • Acuerdo de Pago Garantizado (GIA): Si debes menos de $10,000, estás automáticamente aprobado para un GIA, siempre y cuando hayas presentado todas las declaraciones de impuestos requeridas y no hayas tenido un plan de pagos en los últimos cinco años. Puedes aplicar en línea, por teléfono, o enviando el Formulario 9465 junto con tu declaración. Las cuotas de solicitud varían de $31 a $225, dependiendo de cómo establezcas tu acuerdo. Los pagos pueden repartirse a lo largo de 36 meses.
  • Acuerdo de Pago Simplificado (SLIA): ¿Debes hasta $50,000? Un SLIA sería una mejor opción. Los pagos pueden realizarse a lo largo de 72 meses o durante el tiempo restante hasta la prescripción de la deuda por parte del IRS, lo que ocurra primero. Las cuotas de solicitud son iguales que con el GIA, pero deberás hacer pagos automáticos si debes entre $25,000 y $50,000.
  • Acuerdo No Simplificado: En 2020, el IRS también introdujo un plan de pago adicional para aquellos con saldos fiscales de hasta $250,000. Te permite hacer pagos hasta que expire el estatuto de limitaciones para cobrar tu deuda (generalmente 10 años). Este tipo de acuerdo debe configurarse por teléfono con el IRS.

Si no cumples con los requisitos para cualquiera de estos acuerdos de pagos a plazos, aún podrías ser elegible para un plan de pagos. El IRS evaluará tu capacidad de pago a través de una declaración de información de cobro (Formulario 433-A o 433-F) y determinará la cantidad de tus pagos mensuales.

Oferta en Compromiso

Otra opción para pagar tu deuda fiscal es una Oferta en Compromiso (OIC). Esto te permite liquidar tus impuestos por menos de lo que debes. El IRS normalmente aprueba una solicitud de OIC si hay dudas sobre la capacidad de cobro. También puede estar dispuesto a aceptar menos si pagar el saldo completo causará dificultades económicas. Es un proceso muy complicado y la mayoría de las solicitudes son rechazadas. Sin embargo, contar con la ayuda de un profesional de impuestos puede mejorar tus posibilidades.

Actualmente No Recaudable.

En casos extremos de dificultades económicas, el IRS puede colocarte en un estado temporal de Actualmente No Recaudable. (CNC). Esto significa que no estarás obligado a realizar pagos a menos que tu situación financiera mejore. Sin embargo, si debes más de $10,000, el IRS presentará un gravamen fiscal. A diferencia de los acuerdos de pago a plazos, no hay tarifa al solicitar el estado CNC.

Es importante tener en cuenta que el IRS también retendrá futuros reembolsos de impuestos (estatales y federales) para pagar tu saldo de impuestos, incluso si estás en un plan de pago o estado CNC. Otras acciones de cobro, como el embargo de salarios y el embargo bancario, se suspenden.

¿Qué Sucede Si No Pago?

Lo último que quieres hacer es ignorar tu Notificación del IRS CP14 y negarte a pagar. Cualquier saldo no pagado después de la fecha de vencimiento estará sujeto a intereses y sanciones. La sanción por falta de pago es del 0.5% de tu saldo fiscal impago por cada mes (o parte de un mes) que permanezca sin pagar. Sin embargo, la sanción no puede superar el 25% de tus impuestos impagos.

Además de los intereses y las sanciones, puedes enfrentar acciones de cobro del IRS. Esto incluye, pero no se limita a, la confiscación de tus salarios, cuentas bancarias y propiedades. Dependiendo del saldo total, tu pasaporte también podría estar en peligro.

En casos extremos, el IRS incluso podría acusarte de evasión fiscal si te niegas deliberadamente a pagar tu deuda fiscal. Esto puede resultar en una multa de hasta $250,000 y/o tiempo en la cárcel.

Obtén Ayuda

Si recientemente recibiste una notificación del IRS CP14 y no puedes pagar la cantidad adeudada, o deseas impugnar la cantidad evaluada, habla con un profesional de impuestos lo antes posible. Tax Defense Network ofrece consultas gratuitas sin obligación de utilizar nuestros servicios. Simplemente llama al 855-476-6920 y habla con uno de nuestros experimentados especialistas en deudas fiscales hoy mismo.