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¿Qué es una Declaración sustitutiva del IRS?

¿Eres uno de los miles de contribuyentes que no presentaron su declaración de impuestos federales el año pasado? Si sí, hay una gran posibilidad de que el IRS haya presentado una por ti. En virtud del artículo 6020(b) del Código de Impuestos Internos, el IRS tiene la autoridad de presentar declaraciones de impuestos para contribuyentes morosos como parte del Programa de Declaraciones Sustitutivas (SFR).

¿Qué es una Declaración sustitutiva?

Una declaración sustitutiva, también conocida como SFR, es una declaración de impuestos generada según la información de un tercero proporcionada al IRS. Esto por lo general incluye información sobre ingresos derivada de un W-2 o 1099. Sin embargo, no incluirá créditos y deducciones fiscales a las cuales podrías ser acreedor. Además, el IRS usará el estado civil de soltero o casado declarando por separado y solo tomará la deducción estándar. No detallará las deducciones. Esto puede resultar en una obligación fiscal mucho mayor que si hubieras declarado por tu cuenta.

Si tu declaración de impuestos tiene menos de 12 meses de retraso, el IRS puede presentar una SFR para evaluar tus impuestos adeudados (incluyendo multas e intereses), y comenzar con las acciones de cobro.

El proceso de una Declaración sustitutiva

The Substitute for Return process begins when the IRS receives information that you may have a filing obligation but there’s no record of your return in its system. The IRS will then send several notices alerting you that you need to file a return. If you ignore these requests, the IRS will then file an SFR. When this happens, you’ll receive IRS Notice CP2566, alerting you that the IRS calculated your taxes (including interest and penalties) based on wages and other income reported to them.

Tendrás 30 días a partir de la fecha de evaluación en la carta para:

  • Presentar una declaración de impuestos para el/los año(s) indicado(s); o
  • Llamar al IRS explicando por qué no estás obligado a presentar; o
  • Firmar y fechar el formulario de Consentimiento para la evaluación y cobro, y reenviárselo al IRS.

Si no respondes en el plazo límite de 30 días, el IRS enviará un CP3219N, Aviso de deficiencia (90-day letter). This certified letter will detail your available next steps, including calling the IRS if you believe you are not required to file, filing your tax return no later than 90 days from the date of the notice, or challenging the deficiency determination in the U.S. Tax Court.  If you agree with the IRS’s calculations, you may also file a Consent to Assessment and Collection.

No ignores el CP3219N. Si no respondes, el IRS puede proceder a realizar acciones de cobro. Esto incluye gravámenes fiscales, embargos, y embargo de sueldo.

Siguientes pasos

Una vez que el IRS indique que planea presentar una Declaración sustitutiva, tu mejor opción es presentar tu declaración de impuestos inmediatamente. Probablemente reducirás tu deuda tributaria si presentas una declaración que incluya todos los créditos y deducciones fiscales a los cuales seas acreedor, así como también tu estado civil correcto. Es importante dejar claro que solo tienes tres años a partir de la fecha límite original para reclamar una devolución de impuestos por retenciones e impuestos estimados. La misma regla aplica a los créditos fiscales como el Crédito tributario por hijos o el Crédito tributario por ingreso del trabajo. Si tienes impuestos en deuda, presentar una declaración también retrasará las acciones de cobro mientras el IRS procesa tu declaración.

También sería buena idea consultar tu caso con un profesional de impuestos. Por lo general el IRS será más estricto con declaraciones de impuestos presentadas para reemplazar una SFR. Un especialista fiscal puede ayudarte a preparar adecuadamente tu declaración. En caso de que no puedas pagar el importe total de tu deuda fiscal, también pueden ayudarte a establecer un plan de pagos a plazos o aplicar para otros tipos de alivio de impuestos.

Si necesitas ayuda navegando el proceso de SFR, llama a Tax Defense Network al 855-476-6920. Hemos ayudado a miles de clientes con sus problemas tributarios y ofrecemos una consulta gratuita, sin compromiso.