fbpx

¡Consulte nuestra sección de Recursos para obtener guías de impuestos, formularios y más!

855-476-6920 Se habla español

¿Qué es el alivio al cónyuge inocente y quién puede optar por él?

Contraer matrimonio se trata de algo para bien y para mal. En esto están incluidos los impuestos. Quienes declaran en conjunto son igualmente responsables de pagar cualquier importe pendiente. Aún si estás separado o divorciado de tu pareja, el IRS puede seguir solicitándote el pago. En caso de no liquidar tus impuestos morosos, podrías enfrentar un embargo de salarios, gravámenes fiscales, y demás acciones de cobro. Afortunadamente, el IRS ofrece una solución conocida como alivio al cónyuge inocente. A continuación te explicamos qué es, cómo funciona, y quién es elegible para recibirlo.

¿Qué es el alivio al cónyuge inocente?

El alivio al cónyuge inocente esencialmente liberta a contribuyentes (parcial o completamente) de la responsabilidad de pagar impuestos, intereses, y multas causadas por un error de su cónyuge. Esto incluye, sin estar limitado a, declaraciones de impuestos erróneas, la reclamación incorrecta de deducciones y créditos fiscales, e incluso la valoración equivocada de activos.

¿Quién puede optar por el alivio al cónyuge inocente?

Como puedes imaginar, el IRS no da descanso de pagar una deuda fiscal a nadie sin cruzar algunos obstáculos primero. Deberás cumplir con una de las siguientes condiciones antes de que consideren tu solicitud en primer lugar.

  1. Presentaste una declaración en conjunto con tu cónyuge.
  2. Tu declaración contenía errores por impuestos subestimados debido a errores cometidos por tu cónyuge o ex-cónyuge.
  3. No tenías conocimiento de los errores y puedes presentar pruebas de tu inocencia.

Si vives en estado de comunidad de gananciales y no presentaste una declaración de impuestos en conjunto, podrías seguir siendo elegible para recibir el alivio al cónyuge inocente si éste se refiere a un elemento de los ingresos comunitarios.

No podrás ser acreedor/a al alivio al cónyuge inocente durante cualquier año en que:

  • Hayas firmado un Oferta en Compromiso con el IRS,
  • Hayas firmado un acuerdo de cierre por los mismos impuestos,
  • Se te haya negado la ayuda fiscal por medio del veredicto de un tribunal, o
  • Hayas participado en un procedimiento judicial relacionado y no hayas solicitado la exención.

Cómo solicitar este tipo de ayuda fiscal

Si cumples con los requisitos de elegibilidad, el siguiente paso es llenar tu solicitud usando el Formulario 8857, Solicitud para alivio del cónyuge inocente tan pronto sea posible. Esta solicitud de seis páginas requiere que proporciones información sobre tu cónyuge o ex-cónyuge, así como sobre tu participación al momento de presentar la declaración conjunta. También deberás compartir detalles sobre tu situación económica actual. Si eres víctima de violencia doméstica o maltrato conyugal, deberás completar la sección V del formulario también. Por lo general, debes presentar el Formulario 8857 antes de que transcurran dos años después de la primera acción de cobro del IRS. Sin embargo, también existen excepciones a esta regla.

Tipos de alivio al cónyuge inocente disponibles

Al momento de enviar el Formulario 8857, automáticamente serás considerado/a para tres tipos de alivio conyugal.

  1. Alivio al cónyuge inocente. Esto se refiere a la exención del pago de impuestos adicionales pendientes en los ingresos por empleo o por el trabajo por cuenta propia de tu cónyuge debido a errores en la declaración. Debes estar al tanto de estos errores. No puedes reclamar esta ayuda fiscal en impuestos aplicados a tus propios ingresos, en impuestos sobre el trabajo doméstico, impuestos empresariales, o ciertos tipos de impuestos y pagos.
  2. Alivio por la Separación de la Obligación. Esto te permite pagar solo la parte de impuestos que te corresponde si estás divorciado, estás separado, o si ya no vives con tu cónyuge. Es el alivio principalmente considerado si el cálculo subestimado de impuestos resultó de una auditoría u otra investigación, como el Aviso del IRS CP2000.
  3. Alivio equitativo. Si no calificas para el alivio al cónyuge inocente normal o al alivio por medio de la separación de la obligación, se te puede eximir de tus obligaciones fiscales si fuera injusto considerarte responsable basándose en las pruebas aportadas. Es común que se dictamine esto en situaciones donde existe abuso conyugal u otros problemas de salud/mentales serios.

No hay forma de indicar cuál prefieres. El IRS considerará toda la evidencia disponible para determinar cuál se ajusta mejor a tu situación.

A dónde enviar el Formulario 8857

No envíes el Formulario 8857 junto con tu declaración de impuestos ni lo envíes a la Corte Fiscal. Debes dirigirlo a una de las siguientes direcciones.

Por correo postal:

Servicio de ingresos internos
Apartado postal 120053
Covington, KY 41012

Por servicio de entrega privado:

Servicio de ingresos internos
7940 Kentucky Drive, parada 840F
Florencia, KY 41042

También puedes enviar por fax el formulario completo junto con cualquier documentación adjunta al 855-233-8558.

Proceso de evaluación del IRS para el alivio al cónyuge inocente

Una vez que el IRS reciba tu solicitud de alivio al cónyuge inocente, éste iniciará su propia investigación. Por ley, el IRS está obligado a contactar a tu cónyuge o ex-cónyuge y darles la oportunidad de participar en el proceso. No hay excepciones, aún si eres víctima de violencia doméstica o abuso conyugal.

Sin embargo, el IRS no compartirá tu información personal, incluidas tu dirección, número telefónico, y todo lo referente a tu empleo. Otra información, como tus declaraciones o evidencia sobre tu papel en la preparación la declaración en cuestión, sí será compartida. Si te preocupa tu privacidad, asegúrate de dejar fuera o tachar la información personal en los documentos que tengas planeado enviar.

Acciones de cobro del IRS temporalmente suspendidas

Durante el proceso de evaluación y mientras tu solicitud esté pendiente, el IRS no puede llevar a cabo acciones de cobro para la deuda pendiente. Sin embargo, las multas e intereses se seguirán acumulando. Una vez quede resuelto el caso, incluyendo apelaciones, los cobros se reanudarán. El estatuto de limitaciones para el cobro de una deuda también aumentará por el tiempo que tu solicitud estuvo pendiente, más 60 días adicionales.

Plazo de decisión

Puede tomarle al IRS hasta seis (6) meses o más revisar tu solicitud y emitir un veredicto. Tú y tu cónyuge (o ex-cónyuge) recibirán una carta de determinación preliminar una vez se revisen todos los materiales. Si ninguno apela la decisión, una carta de determinación final les será enviada a ambos. Si ninguno de los dos apelación, la Oficina de Apelaciones Independiente del IRS repasará el caso y emitirá una carta de determinación final.

También puedes pedirle a la Corte Fiscal que evalúe tu solicitud de ayuda fiscal si:

  • El IRS te envía una carta de determinación final, o
  • Si no recibiste una carta de determinación final del IRS en un plazo de seis (6) meses de haber enviado el Formulario 8857.

La solicitud a la Corte Fiscal debe ser enviada a más tardar 90th días después de la fecha en que el IRS te envió tu carta de determinación final.

Dónde obtener ayuda

Si fuiste notificado/a recientemente de que tienes impuestos pendientes en una declaración conjunta, asegúrate de seguir las instrucciones y poner atención a las fechas límites. Te conviene solicitar alivio al cónyuge inocente tan pronto te sea posible. La información y evidencia que proporciones en el Formulario 8857 son claves para que tu solicitud sea aprobada. Aunque puedes llevar el caso por tu cuenta, te sugerimos consultar a un profesional fiscal antes de continuar. Menos del 20% de las solicitudes para el alivio al cónyuge inocente son aprobadas. Trabajar con un experto en impuestos mejora exponencialmente tus posibilidades. Para recibir una consulta gratuita, llama a Tax Defense Network al 855-476-6920.