Los contribuyentes que no pueden pagar sus impuestos en su totalidad a menudo pueden pagar su deuda con el IRS con el tiempo a través de un plan de pago. Pero, ¿qué sucede si usted se encuentra con una deuda tributaria adicional en el futuro? ¿Puedes tener dos? planes de pago con el IRS? Desafortunadamente, la respuesta es no. Si todavía está pagando un plan de pago anterior, cualquier nueva deuda tributaria podría poner en peligro su acuerdo existente. Sin embargo, existe una solución para hacer frente a la deuda tributaria adicional y evitar acciones de cobro.
Modificando un Plan de Pago Existente con el IRS
Aunque el IRS no le permitirá tener varios planes de pago al mismo tiempo, debería poder modificar su acuerdo existente para incluir la nueva deuda tributaria. Es importante que se comunique con el IRS para actualizar su plan de pago si espera adeudar impuestos adicionales. Si espera hasta que el IRS evalúe la deuda tributaria, se le considerará en incumplimiento de su acuerdo actual.
Para modificar un plan de pago existente antes de que se calculen nuevos impuestos:
- Llama al 01-800-829-7650 y menciónale a un representante del IRS tu intención de enmendar el plan de pago actual;
- Acude a una oficina local del IRS; o
- Entregar Formulario 9465 (SP), Solicitud para un Plan de Pagos a Plazos
Para modificar un plan de pago existente, puedes enviar el Formulario 9465 impreso por correo, o hacerlo en línea si la deuda es menor a $50,000. Es necesario incluir en su información el saldo actual de la deuda original, junto con la nueva deuda tributaria prevista. Es importante recalcar que hay una cuota de $89 para modificar el plan de pago existente. Los contribuyentes con bajos ingresos podrían tener derecho a una exención de esta tarifa.
Al modificar tu plan de pagos, tendrás la opción de cambiar el tipo de plan, el importe de pago, y la fecha de pago. En caso de solicitar un importe mensual demasiado bajo, el IRS solicitará que el monto sea incrementado.
Los tipos más comunes de planes de pago del IRS
En caso de deber impuestos y no poder pagarlos, el tipo de plan de pago dependerá de la cantidad de la deuda tributaria, así como de tu elegibilidad. El IRS suele clasificar a los contribuyentes en uno de los siguientes planes de pago:
Plan de Pago Garantizado
También conocido como acuerdo de pago a plazos, este plan es para quienes deben menos de $10,000 (incluidas multas y cargos por intereses) y pueden pagar la deuda en 120 días o menos. Además, también debe ser cierto lo siguiente:
- No haber sido puesto en otro plan de pago en los últimos 5 años.
- Poder pagar mínimo el importe total de la deuda (tras multas e intereses) dividida entre 30.
- Haber presentado todas las declaraciones y liquidado esos impuestos en los últimos 5 años.
Acuerdo de pago a plazos simplificado
Para quienes deban $50,000 o menos (tras multas e intereses), pero no son capaces de pagar el total en 120 días, el IRS puede aprobar este plan de pago simplificado. Para ser elegible, se deben cumplir las siguientes condiciones:
- Poder pagar el importe total de la deuda en 72 meses.
- Pagar al menos $25 al mes o la deuda total (tras multas e intereses a lo largo del plan) dividido entre 72. La que resulte en un importe mayor.
Plan de Pago No Simplificado
En caso de deber más de $50,000, podría negociarse con el IRS un plan de pago no simplificado. Para este plan de pago, se deberá enviar el Formulario 433-F, Declaración de información de colección. Según la información financiera del Formulario 433-F y el monto de pago propuesto, el IRS aceptará o rechazará su solicitud. Además, el IRS presentará un gravamen fiscal con este tipo de plan de pago.
Acuerdo de pago parcial a plazos
Los contribuyentes incapaces de pagar el importe total de su deuda tributaria en 72 meses pueden tener derecho a un plan de pago parcial. Previo a ser aprobado para este plan, es necesario llenar el Formulario 433-F y demostrar dificultades económicas. Si la solicitud es aceptada, se requerirá que actualices tu situación económica cada dos años. Este acuerdo puede ser revisado o rescindido si su situación financiera cambia.
¿Qué Ocurre en Caso de Incumplir con Mi Plan de Pago?
En caso de no modificar el plan de pago previo a que el IRS evalúe cualquier nueva deuda tributaria y recibas un aviso de intención de terminar tu plan de pagos, no entres en pánico. Aún cuentas con tiempo suficiente para modificar tu plan de pagos. Sigue las instrucciones en el aviso y contacta al IRS inmediatamente. Mientras que el IRS no debería emprender ninguna acción de cobro forzoso en el tiempo que considera tu solicitud, podría haber una cuota de restablecimiento si tu plan anterior se considera bajo incumplimiento. Si tu solicitud para modificar el plan de pagos es rechazada, puedes apelar la decisión. Durante este periodo, los cobros son suspendidos.
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