formulario 8379, "Asignación del cónyuge perjudicado" (o "Injured Spouse Allocation")
El formulario 8379, Asignación del cónyuge perjudicado, se utiliza cuando se toma (compensa) un reembolso de impuestos en una declaración conjunta debido a la obligación tributaria pendiente de uno de los cónyuges. Al presentar este formulario, el cónyuge perjudicado podrá recuperar su parte del reembolso conjunto.
¿Quién puede utilizar el formulario 8379?
Puede utilizar el formulario 8379 del IRS si presenta una declaración de impuestos conjunta y una parte (o la totalidad) de su reembolso esperado se compensó debido a los impuestos atrasados (estatales o federales) de su cónyuge, deudas de compensación por desempleo, manutención infantil impaga u otros impuestos federales no pagados. -deuda tributaria. No utilice el Formulario 8379 si está buscando Alivio del cónyuge inocente. En su lugar, presente Formulario 8857 del IRS.
Cómo completar el formulario 8379 del IRS
Complete el Formulario 8379 cuando tenga conocimiento de que parte o la totalidad de su reembolso de impuestos se aplicó a las obligaciones de deuda de su cónyuge. El formulario debe presentarse dentro de los tres (3) años siguientes a la fecha de vencimiento de su declaración de impuestos original o dos (2) años a partir de la fecha en que pagó el impuesto que se compensó (lo que ocurra más tarde). Puede presentarlo con su declaración de impuestos conjunta o presentarlo más tarde por su cuenta. Si presenta la declaración por separado, asegúrese de adjuntar una copia de todos los formularios W-2 y 1099 de ambos cónyuges. El formulario debe enviarse por correo a la misma dirección donde presenta su declaración de impuestos.
El formulario 8379 consta de dos páginas con cuatro (4) partes.
Parte I – ¿Debes Presentar Este Formulario?
En esta sección, ingrese el año fiscal para el cual solicita la asignación del cónyuge lesionado (línea 1). Luego, responda “sí” o “no” a las preguntas 2 a 9 y siga las instrucciones según su respuesta. Si responde “no” en las líneas 2, 3 o 9, no es un cónyuge perjudicado y no puede utilizar este formulario. Lo mismo ocurre si responde “sí” en la línea 4.
Parte II – Información sobre la Declaración Conjunta para la cual se presenta este formulario
Ingrese su nombre y número de Seguro Social (SSN), así como el de su cónyuge, en la línea 10. Asegúrese de que coincida exactamente con la información proporcionada en su Formulario 1040. Marque la casilla de quien reclama la asignación del cónyuge perjudicado. Si desea que su cheque de reembolso se emita en conjunto, marque la casilla en la línea 11. Si su dirección es diferente a la de su declaración de impuestos, marque “sí” e ingrese la nueva información en la línea 12.
Parte III - Asignación entre cónyuges de partidas de la declaración conjunta
Para determinar el monto de contribución adeuda, deberá asignar sus salarios, gastos y créditos por separado en esta sección (líneas 13 a la 20). Los artículos que no le pertenecen específicamente a usted ni a su cónyuge deben dividirse en partes iguales.
Parte IV – Firma
No complete esta sección si presenta el formulario 8379 del IRS con su declaración de impuestos. Sólo el cónyuge perjudicado debe firmar (si presenta el formulario por su cuenta). Asegúrese de incluir su número de teléfono y la fecha en que se completó el formulario. Si utiliza un preparador pago, su información también debe incluirse en el formulario.
Si vive en un estado comunitario (AZ, CA, ID, LA, NV, NM, TX, WA o WI), se aplicarán reglas especiales al cálculo del reembolso de su cónyuge lesionado. El IRS utilizará las reglas de su estado para determinar qué monto se debe, si corresponde.
Generalmente, se necesitan alrededor de 14 semanas para procesar el Formulario 8379 cuando se presenta con su declaración de impuestos. Si lo presenta solo después de presentar sus impuestos, el tiempo de procesamiento se reduce a aproximadamente 8 semanas.
¿Necesita ayuda?
Si necesita ayuda para completar el formulario 8379 del IRS, comuníquese con Tax Defense Network al 855-476-6920. Ofrecemos servicios de preparación de impuestos, así como otros servicios tributarios.